jueves, 28 de diciembre de 2023
El acuerdo CODELCO-SQM sobre la explotación del litio en el Salar de Atacama
jueves, 21 de diciembre de 2023
Tablas
Con el resultado del plebiscito constitucional del 17 de diciembre, se alejó la perspectiva de entronización de una institucionalidad con rasgos autoritarios y liberticidas, alejada del principio de mayoría en la formación de las leyes y con una mayor desigualdad del voto. Ésta, además, ponía en entredicho derechos de las mujeres, restringía derechos sociales, consagraba el predominio de la propiedad privada por sobre los bienes comunes y la seguridad social y establecía un sistema tributario regresivo.
Se podía conjeturar, con fundamentos, que los resultados a favor de la extrema derecha de septiembre de 2022 y mayo de 2023 se podían prolongar en diciembre de 2023. No había nada muy nuevo en el escenario, en especial en materia de valoración de la acción del gobierno, arrinconado en los temas de seguridad e inmigración, golpeado por escándalos de mal uso de recursos públicos por nóveles activistas y nóveles autoridades, y sin una agenda social muy significativa en medio de una economía languideciente. Fue el “año en que vivimos en peligro”. Pero prevaleció a la postre una especie de sentimiento general de valoración de la democracia. El voto mayoritario fue contra la pérdida de derechos de la propuesta constitucional de Kast y su grupo, que arrastró a una derecha tradicional carente de posturas consistentes y menos aún de voluntad de producir un acuerdo de amplio espectro.
Sin embargo, el acuerdo estaba ahí, con el borrador del grupo de expertos que fue consensuado por representantes de prácticamente todo el espectro político institucional, y fue desechado por la derecha, en un acto de irresponsabilidad histórica.
Ahora tenemos, después de cinco votaciones constitucionales desde octubre de 2020 -nada parecido ha ocurrido nunca en algún otro país del mundo- un resultado que en términos ajedrecísticos se puede llamar de «tablas», es decir un empate. No hay nueva constitución progresista y tampoco una de ultraderecha. Pero persiste una leve ventaja para el progresismo, pues en agosto de 2022 se bajaron los quórum de reforma constitucional y en enero de 2023 se aliviaron los candados en las leyes orgánicas de la constitución vigente. Además, sigue estando ahí el borrador de los expertos para ser incorporado en lo necesario a la actual constitución, incluyendo el Estado democrático y social de derecho, cuando aparezca una mayoría de 4/7. Sin embargo, todo hace pensar que la derecha va a preferir el camino de la confrontación, azuzada por un empresariado a la ofensiva para evitar toda reforma tributaria y toda pérdida de espacios de los privados en la seguridad social, la atención de salud y la educación, o bien modificaciones a la legislación laboral que pudieran fortalecer a los sindicatos.
Ese es el nuevo escenario en que se desenvolverá el conflicto político, con una creciente polarización provocada, además, por la competencia en la derecha por quien expone mayor dureza en la agenda de destrucción del gobierno y de predominio de la agenda de seguridad e inmigración en el espacio público, en detrimento de toda agenda social y económica. Ocurre que la oligarquía se comporta como tal y su conducta es la de desplegar todo su poder para preservar sus privilegios, sin mayores matices. Sus representantes más conspicuos llegaron a autocalificarse, en una vorágine de arrogancia después de los resultados de septiembre 2022 y de mayo 2023, de «verdaderos chilenos«, como si los demás no lo fuéramos. El gran empresariado mostró, por su parte, su cara política más cruda al apoyar a la extrema derecha en el tema constitucional y a propósito de los 50 años del golpe militar.
Otra conjetura verosímil es que persistirá una volatilidad del votante emocional sin anclaje ideológico, a cuya cara de adhesión al orden acude la derecha con sus campañas del miedo, en ocasiones con éxito. Su otra cara es la demanda por más protección y movilidad social, que busca ser cubierta por el progresismo, con éxito cuando logra poner esa agenda en el escenario público y dispone de los medios gubernamentales y parlamentarios para concretarla. Persiste, por otro lado, el dato sociológico de una alta proporción de personas -aunque no una mayoría estable- que no ve como problema la concentración del poder económico y adhiere al autoritarismo y a valores ultra-individualistas o conservadores. Es una minoría consistente, capaz de conformar mayorías si sus conductores logran infundir percepciones de crisis y desgobierno que arrastran al electorado volátil.
Las fuerzas progresistas y de izquierda deben constatar que ese es el país realmente existente y que su rol es persistir en transformarlo. Eso solo puede ocurrir con un programa de cambios para conquistar más derechos y protecciones sociales y de los bienes comunes, sustentados en una gestión de la economía volcada a un crecimiento inclusivo y sostenible.
Adoptar el lenguaje del centrismo y su lógica del acomodo no tiene credibilidad, y menos en tiempos polarizados, y tampoco el de la dureza autoritaria, terreno en el que la derecha tiene galones insuperables anclados en la cultura de la hacienda. Tampoco tiene sentido coquetear con el neoliberalismo que insiste en “soluciones de economía de oferta” para reactivar la economía, basadas en desregularlo todo en beneficio del capital. Llaman “permisología” a las normas laborales y ambientales que son esenciales para la buena salud de la economía en Chile y en todas partes, lo que no impide sostener que apurar y simplificar trámites y remecer a las burocracias será siempre saludable. Pero en realidad lo que persiste es la vieja fantasía oligárquica que quiere maximizar las utilidades de sus grandes empresas sin consideración por las personas y el ambiente, y de paso ojalá no pagar muchos impuestos y no rendirle cuenta de nada a nadie. ¿Por qué andar pidiéndole permiso a la sociedad, esa vana molestia, si yo soy el dueño del poder económico, que es el que debe prevalecer? Todo esto supuestamente aumentaría el crecimiento, en lo que ya fracasaron, para los olvidadizos, los Chicago Boys a un alto costo social, de concentración de mercados y de desindustrialización y pérdida del tejido de pymes, entregando, además, recursos comunes a intereses externos que dejaron de estar al servicio de la nación y sus necesidades. Las repatriaciones de utilidades al exterior por empresas transnacionales, mineras y financieras, alcanzaron a 23,9 mil millones de dólares en 2022, cerca de un 8% del PIB. La inversión extranjera está muy bien, solo que tiene un costo muy alto para el país cuando está mal regulada: no solo hay ingresos, sino también egresos, en este caso de sobreutilidades. La nueva regalía minera permitirá solo una mínima contribución a los ingresos del gobierno y las regiones de una renta que pertenece a todos y no a los accionistas de transnacionales, con un precio del cobre que subirá en los próximos años y una demanda futura en expansión.
El desafío, en cambio, es seguir construyendo un camino igualitario y libertario con un mucho mayor caudal de apoyo en la ciudadanía. Eso solo se logrará en tanto se vaya demostrando con hechos tangibles -en materia de empleo, salarios, atención de salud, acceso a la educación, pensiones, vivienda y entornos urbanos seguros- que recorrerlo es más meritorio y tiene más sentido como alternativa para ampliar derechos y promover una prosperidad compartida, sostenible y segura. Se trata de convencer de una realidad: mantener una sociedad desigual, discriminatoria e insegura, ensimismada en el miedo y en el rechazo al otro, empequeñece al país. En materia económica, no se debe olvidar que lo que en realidad dinamiza la oferta no son empresas sin reglas, pero que no tienen a quien venderle lo que producen (recordemos que el comercio se encuentra actualmente deprimido), sino flujos de corto plazo suficientes de demanda de consumo y de inversión. Esta última es, a su vez, la que dinamiza la producción, el empleo y los salarios en el mediano y largo plazo y debe expandirse a la brevedad, en especial la construcción y las obras públicas sostenibles, junto a un mayor apoyo a las pymes y a las empresas tecnológicas e innovadoras emergentes. Un nuevo impulso exportador y sustituidor de importaciones de mayor valor agregado sigue siendo una gran tarea pendiente, que no se hará sola sino con un deliberado esfuerzo público-privado de financiamiento de la diversificación y la transferencia y desarrollo tecnológico apropiado para mejorar la productividad sistémica de la economía. Esto requerirá mantener un tipo de cambio competitivo y un mayor esfuerzo de conquista de mercados externos.
La tarea la tienen ahora el presidente Boric y su coalición de apoyo, junto a las eventuales energías de movilización ciudadana que lo acompañen, para enfrentar y superar con más convicción y claridad política y argumental el bloqueo parlamentario y mediático de la oposición. Este se ejercerá tanto en las reformas de salud, de pensiones y tributaria como en cualquier otro avance social y cultural que empuje el gobierno. Vendrán dos años difíciles, pero gobernar para las mayorías nunca ha sido fácil.
lunes, 18 de diciembre de 2023
Retomando la reforma de pensiones
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Anualmente las AFP cobran más de mil millones de dólares en comisiones y se llevan un margen mayor al 50% de los ingresos que reciben. Este es superior en un 120% a los costos de la operación del sistema, en un negocio que recibe ingresos asegurados por el Estado todos los meses provenientes de las cotizaciones obligatorias.
sábado, 16 de diciembre de 2023
Plebiscito: reflexiones a partir de los acontecimientos de los últimos días
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Lo esperable: se filtra ilegalmente a días del 17/12 la carpeta de investigación sobre fundaciones para intentar otra vez involucrar al ministro Carlos Montes, que no tiene nada que ver con un esquema de transferencias a privados manejado por los seremis sin licitación ni concursabilidad. En este caso, se trata de nóveles activistas del partido RD que buscaron el camino del dinero del Estado, con la aparente connivencia de una novel diputada RD y el aparente aval de una novel subsecretaria RD, y cometieron, al parecer (lo que aún no está probado), delitos de fraude al fisco, malversación de caudales públicos y tráfico de influencias, según la fiscalía.
domingo, 10 de diciembre de 2023
Dos posteos sobre seguridad pública
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28 de noviembre
5 de diciembre
Tres posteos sobre educación
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5 de diciembre
jueves, 7 de diciembre de 2023
Una decisión con efectos múltiples
Ya los lectores de esta columna habrán considerado -y escuchado por doquier- los temas que están en juego en la votación constitucional del 17 de diciembre. ¿Es redundante volver sobre ellos a días de producirse la votación? Tal vez se justifica, en un momento de grandes simplificaciones, enfatizar el análisis de los asuntos más relevantes para la alterada vida en común sin interpretaciones imprecisas ni atribuciones de intenciones. Con las expresiones literales del texto que se somete a votación hay razones más que suficientes para fundamentar el rechazo a la proposición emanada del Consejo Constitucional. El hecho fundamental es que su aprobación tendría consecuencias decisivas, muchas de ellas inmediatas, para el funcionamiento del país.
Es difícil escoger por dónde empezar, pero uno de los asuntos cruciales es la regresión de los derechos de las mujeres. De ser aprobado, el nuevo texto constitucional pondría en peligro derechos de las mujeres como la interrupción del embarazo por tres causales y el uso de la píldora del día después, a través de un artículo según el cual “la ley protege la vida de quien está por nacer”. Está destinado a reabrir el tema de los derechos sexuales y reproductivos en el Tribunal Constitucional, habida cuenta que las leyes y decretos al respecto aprobados en su momento se zanjaron con una escasa mayoría en esa instancia. En la misma línea, se establece de manera inédita una “objeción de conciencia” que puede hacer inefectivo el servicio sanitario público en estas materias. El texto desecha, además, la paridad de género en la representación política, dejando a la ley un poco preciso "acceso equilibrado de mujeres y hombres a las candidaturas a cargos de elección popular". Esto contradice la propia norma de elección del Consejo Constitucional, que estableció una paridad de género no solo en las candidaturas sino entre las personas electas (que fueron 25 y 25). Se trata de un visible retroceso en este principio.
Estas regresiones conectan con una lógica de restricción de las libertades públicas. La propuesta autoriza insólitamente a la ley establecer lugares de detención "que no sean cárceles ni estén destinados a la detención o prisión de reos comunes", en el marco del aumento de un arsenal represivo de carácter político que no existe en la constitución actual. En efecto, incluye “actos terroristas”, sin definirlos, como causal para declarar estados de excepción. Una eventual definición legal futura del terrorismo asimilado a formas de protesta social desencadenaría diversas limitaciones a las libertades, pues se dictamina que "los responsables de estos delitos no podrán ser beneficiarios de indulto alguno y quedarán inhabilitados de manera perpetua para ejercer funciones o cargos públicos, sean o no de elección popular; o de rector o director de establecimiento de educación, o para ejercer en ellos funciones de enseñanza; para explotar un medio de comunicación social o ser director o administrador del mismo, o para desempeñar en él funciones relacionadas con la emisión o difusión de opiniones o informaciones. Tampoco podrán ser dirigentes de organizaciones políticas o relacionadas con la educación o de carácter vecinal, profesional, empresarial, sindical, estudiantil o gremial en general". La guinda de la torta es que "una vez dictada una sentencia condenatoria firme sobre un hecho calificado como conducta terrorista, las agrupaciones a las que pertenecieran sus autores, cómplices o encubridores, que hubiesen ejecutado dichos hechos o se los adjudicasen, serán declaradas inconstitucionales por el Tribunal Constitucional a solicitud de la víctima o cualquier otra persona". La manipulación de la definición de terrorismo puede terminar en la proscripción de partidos políticos.
A su vez, se pone en peligro la libertad de asociación al establecer que “se prohíben las asociaciones contrarias al orden público y a la seguridad del Estado”, una formulación también inquietante, mientras se establece que “las agrupaciones sociales y sus dirigentes que hagan mal uso de la autonomía que la Constitución les reconoce, interviniendo indebidamente en actividades ajenas a sus fines específicos, serán sancionados en conformidad a la ley”. Además, se hace “incompatibles los cargos Directivos superiores de las organizaciones gremiales con los cargos directivos superiores, nacionales y regionales, de los partidos políticos”, lo que no tiene justificación.
Por otro lado, se restringe la libertad de opinión y el pluralismo cultural al establecer “el deber de honrar a la patria, respetando las actividades que dan origen a la identidad de ser chileno tales como la música, artesanía, juegos populares, deportes criollos y artes, entre otros”. Respetar esta lista de expresiones de la cultura criolla es un valor positivo, como también lo es respetar todas las demás expresiones culturales, incluyendo las de los pueblos originarios y las de todos los pueblos del mundo. Por eso no tiene sentido establecer un "deber" criollista impropiamente asimilado a honrar a la Patria. Y menos que forme parte de un orden constitucional que se supone debe garantizar las libertades, el respeto de las preferencias individuales y la diversidad cultural. Nada de esto existe siquiera en la constitución actual.
Luego, se produce una limitación inaceptable del principio democrático de mayoría y de la igualdad del voto. El texto aumenta el bloqueo de la mayoría por la minoría, al subir el quórum de las reformas a la constitución, que se lleva de 4/7 a 3/5 de los votos de los parlamentarios, mientras se asimila a ese quórum la aprobación de leyes “que interpreten preceptos constitucionales”. Por su parte, la aprobación de leyes electorales se fija en 4/7. Así, vuelven los "candados" y se vuelve a sustraer el crucial principio de mayoría en la formación de la ley. Se pretende hacer retroceder lo avanzado en las reformas de agosto de 2022 y de enero de 2023 que establecieron el quórum de reformas constitucionales en 4/7 (bajándola desde los 2/3 y 3/5 existentes desde 1989) y el de aprobación de leyes orgánicas en la mayoría de los miembros de cada cámara (en vez de los 4/7 previos). Con las normas hoy vigentes y si se rechaza el proyecto del Consejo, se podrían, por ejemplo, introducir rápidamente en la constitución los artículos que consagran el acuerdo de 12 puntos de diciembre de 2022 de todo el espectro político democrático.
Se produce un incremento de la distorsión de la proporcionalidad de la representación en el parlamento por una mayor desigualdad del voto (se necesita muchos más votos para elegir un representante en unos lugares que en otros) al bajar el número máximo de diputados/as electos/as por distrito de 8 a 6. A la vez, se mantiene la muy alta desigualdad del voto en el Senado y los 8 años de duración en el cargo, lo que es una evidente anomalía democrática, además de perseverar en el carácter co-legislador pleno de una segunda cámara que subrepresenta a las regiones más pobladas y no refleja las mayorías periódicas. Todo esto se busca justificar como una supuesta mejoría del sistema político. ¿Cómo puede argumentarse seriamente que privilegiar indebidamente la representación conservadora traería más estabilidad al país? Es una simple ceguera autoritaria buscar ventajas institucionales de los defensores de los poderes existentes y dejar expresiones políticas relevantes fuera de las instituciones. Integrarlas es lo propio de la lógica de la democracia representativa como alternativa a la acción política extrainstitucional de los excluidos de ella. A su vez, mantener las acusaciones constitucionales a ministros es un sin sentido para la gobernabilidad, ya sea que estén en el gobierno unas u otras fuerzas políticas
El texto también mantiene al Tribunal Constitucional con funciones propias de una tercera cámara legislativa, con capacidad de revisión amplia de leyes en vez de circunscribirlo a la tutela de los derechos fundamentales y establecer en el resto la primacía de los órganos legislativos elegidos en la formación de la ley.
Es también una restricción democrática inaceptable mantener la atribución presidencial de nombramiento de los Comandantes en Jefe del Ejército, de la Armada y de la Fuerza Aérea reducida a los cinco oficiales generales de mayor antigüedad "que reúnan las calidades que los respectivos estatutos institucionales exijan para tales cargos". Se limita así la potestad de los representantes elegidos por la ciudadanía para hacer efectiva la subordinación del poder militar al poder civil nombrando el segundo a los altos oficiales, lo que es su condición básica dado que el primero tiene el monopolio del uso legítimo de la fuerza armada. Además, se mantiene la asignación directa de impuestos a la función de defensa, privilegio que no tiene ninguna otra como la educación, la salud o las pensiones, con excepción de las inversiones territoriales.
En materia ambiental, el texto establece que se debe promover la "sustentabilidad" y al mismo tiempo el "desarrollo”, usualmente asimilado a un crecimiento de la producción no sujeto al límite de la resiliencia de los ecosistemas. Las empresas y personas podrán recurrir normas ambientales en nombre del "desarrollo", es decir de sus intereses privados, lo que dificultará la protección del ambiente. Se establece que las aguas son un bien nacional de uso público, pero que su aprovechamiento se hará a través de un mercado de derechos privados, pues los otorgados por el Estado “confieren a su titular el uso y goce de éstas, y le permiten disponer, transmitir y transferir tales derechos”, poniendo la propiedad privada por sobre la preservación de los ecosistemas, el consumo humano y la seguridad alimentaria.
Por su parte, se privatiza todavía más los bienes comunes, pues se hace de las concesiones una forma de transferencia de la propiedad pública y se permite que sean transadas en mercados. No se excluye de ellas a los bienes nacionales de uso público ni al litio y otros recursos estratégicos. A la vez, se consagra que el “dominio del titular sobre su concesión minera está protegido por la garantía constitucional de que trata este inciso”, es decir la propiedad privada, lo que fortalece la desnacionalización de la minería y disminuye sus aportes potenciales a los recursos públicos y al desarrollo equitativo y sostenible del país.
En materia territorial, se establece un principio de subsidiariedad de alcance limitado que permite tutelar las competencias subnacionales desde el nivel central. El texto plantea una norma restrictiva basada en una indefinible idea de primacía de la eficiencia y eficacia -y no de principios de la democracia regional y local- y señala que "la ley priorizará que las funciones públicas sean radicadas en el nivel local sobre el regional, y en este último, a su vez, sobre el nacional, siempre que dicha radicación implique un ejercicio más eficiente y eficaz de las funciones. Lo anterior, es sin perjuicio de aquellas competencias que la propia Constitución o las leyes reserven al gobierno nacional". Al mismo tiempo, lesiona gravemente el financiamiento de los municipios con bajos ingresos propios, al dejar con menos recursos al Fondo Comun Municipal, basado en las contribuciones de las viviendas de los más ricos que ya no estarán disponibles.
Luego, se procede a una anulación del Estado social, introducido en el texto como parte del acuerdo de 12 puntos de diciembre de 2022, con variadas normas. El texto parte por cercenar la capacidad regulatoria oportuna del Estado, pues lleva los reglamentos a la ley, lo que dificulta severamente la protección efectiva del trabajo, el consumo y el ambiente, e incluso la persecución de delitos emergentes.
En materia laboral, se restringe el derecho a la no discriminación en el trabajo, al señalar el texto que "se prohíbe cualquier discriminación arbitraria que no se base en la capacidad o idoneidad personal", con lo que serían constitucionales discriminaciones arbitrarias aduciendo capacidad o idoneidad, una definición abiertamente laxa. Además, se limita el derecho a la huelga, que queda restringido solo a la negociación colectiva en la empresa, de muy baja cobertura en el país. Esto debe ser materia de ley, no de la Constitución.
Por otro lado, se hace imposible uno de los fundamentos del Estado social, con la "libertad de elección" de la persona del "sistema de salud al que desee acogerse, sea éste estatal o privado", lo que vincula el acceso a la salud a los ingresos de los que disponen las personas. Se impide un sistema de salud universal independiente del mercado, al no permitirse el uso de cotizaciones generales para financiar prestaciones públicas en todo el territorio y a todos los habitantes. Un plan de salud universal sin un seguro universal que lo sustente y con Isapres y seguros privados no restringidos a prestaciones complementarias, se traducen en un sistema público desfinanciado y una salud para ricos y otra para pobres. Se trata también de materias propias de la ley, no de la Constitución.
El texto hace imposible otro de los fundamentos del Estado social, la seguridad social, al establecer que "cada persona tendrá propiedad sobre sus cotizaciones previsionales para la vejez y los ahorros generados por éstas (sic), y tendrá el derecho a elegir libremente la institución, estatal o privada, que los administre e invierta. En ningún caso podrán ser expropiados o apropiados por el Estado a través de mecanismo alguno". Con estas definiciones no podrá haber mutualización de riesgos, del tipo del actual seguro de invalidez y sobrevivencia, ni sistemas de aportes y pago de pensiones que operan con cotizaciones obligatorias. Se blinda la presencia de entidades con fines de lucro como las AFP y compañías de seguros en el sistema de pensiones y también, a través de un artículo transitorio, se deja intactos los sistemas previsionales actuales como el de las Fuerzas Armadas y de Orden, aunque pasarían a ser paradojalmente contradictorios con la norma constitucional. Se trata también de materias de ley que no deben estar en la Constitución.
También se debilita otro pilar del Estado social, la educación pública (además de la protección del trabajo, la seguridad social y el acceso universal a la salud) al limitar el ámbito de los curriculums que garantizan contenidos educativos mínimos, sin ningún vínculo entre recursos públicos, gratuidad, libertad de enseñanza y deber de laicidad educativa. Se restringe así la enseñanza de los valores republicanos y privilegia la enseñanza religiosa o de cultos cuestionables. La “objeción de conciencia” puede, además, reforzar el rechazo de alumnos según el criterio arbitrario sobre las familias por parte del establecimiento educacional. A la vez, se define un sistema de financiamiento escolar que debilita el servicio público educativo al ligarlo al número de alumnos, sin consideración de la cobertura de escuelas públicas en todo el territorio y del necesario financiamiento parcial por establecimiento. Además, disminuye la tutela social del niño o niña en dificultades, al establecer una primacía educativa absoluta de la familia. Todos estos son también temas propios de la ley, no de la Constitución.
Finalmente, lo que no podía faltar en el coctel de la extrema derecha que se propone a la ciudadanía, es que se disminuye la progresividad de los impuestos (el principio según el cual las personas de más altos ingresos contribuyen proporcionalmente más que las de menos ingresos), al terminarse con el pago de contribuciones a la primera vivienda, que exime sobre todo a los dueños de viviendas más caras y con altos ingresos, pues el 77% de las casas ya están exentas de todo impuesto. Adicionalmente, el texto autoriza a deducir una lista de gastos personales del impuesto a la renta, con lo que el 75% de las personas de menos ingresos, que no pagan este impuesto, verán aumentado proporcionalmente su aporte a las arcas públicas, mientras el 25% de más altos ingresos pagará menos impuestos en términos absolutos y relativos. A la vez, establece un extemporáneo principio de indemnización a privados de las cargas públicas que sean calificadas de arbitrarias. Otra vez, se trata de temas propios de la ley, no de la Constitución, y que favorecen abiertamente a los más privilegiados.
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