Hemos escuchado incansablemente, por parte de la mayoría de los analistas y juristas chilenos sobre los temas de las demandas peruana y boliviana contra Chile en la Corte Internacional de Justicia de la Haya, que la mayor instancia jurídica internacional debe fallar en derecho -lo que es una obviedad (¿qué tribunal no falla a sus ojos en derecho?)-, y que por tanto sólo le cabe aceptar la posición chilena, lo que los hechos han desmentido una y otra vez. Tanto en el caso peruano sobre límites marítimos, como en el caso boliviano sobre admisibilidad de la demanda sobre obligación de Chile de negociar una salida soberana al mar, la Corte no le ha dado la razón a la parte chilena. Caben dos posibilidades: o la Corte no falla en derecho y mantiene una animadversión arbitraria hacia Chile –en cuyo caso hay que denunciar a la Corte Internacional y salirse del Pacto de Bogotá de 1949 que Chile suscribió y que compromete a los países suscriptores a que los diferendos de límites se diriman...