Regalías mineras a la baja


El acuerdo sobre regalías mineras en el Senado recaudará un 0,45% el PIB, menos de una cuarta parte de lo que debiera. "Es lo que hay". Las tasas promedio y máximas de la regalía en el impuesto a las ventas y al margen de explotación en situaciones de precios muy altos del cobre, quedaron limitadas sin otra explicación que el peso legislativo actual de las empresas mineras privadas. Este funciona a través de su influencia directa en los parlamentarios de la extrema derecha, la derecha y diversos otros aliados. Entre otras cosas estas empresas hacen vastas campañas mediáticas, condicionando a la opinión y a los medios, sin venderle un gramo de cobre a ningún consumidor en Chile, como si fueran un detergente o una fábrica de galletas.
Todo esto deberá cambiar. El horizonte posible será desde ahora la elección de 2025, que podría dar lugar a un nuevo parlamento y un nuevo tratamiento tributario que no esté al servicio de las empresas transnacionales y privadas de la minería.
Esto no puede terminar aquí por el fondo del asunto: la perspectiva de altos precios del cobre en la próxima década. Este mayor valor económico de un recurso escaso y no renovable debiera revertirse al propietario del recurso, que es la nación chilena. Y no al operador privado de la extracción, cuya rentabilidad debiera limitarse a la normal de una inversión económica promedio, ajustada por los riesgos específicos de la actividad. El creciente valor de un recurso escaso como el cobre -que será clave en la futura electromovilidad- da lugar a un renta distinta a la utilidad normal que debiera ser apropiada íntegramente por su dueño, no por el extractor y refinador del recurso. Sus costos no cambian con el valor de venta del recurso, ni tampoco su decisión de inversión, que se decide con una expectativa de precio no muy distinto a 2 dólares la libra para cubrir esos costos. Con un precio superior, cambia el volumen del retorno de la inversión por sobreutilidades, la llamada renta desde Adam Smith y David Ricardo, que es distinta de la utilidad normal (ver https://docs.google.com/viewer?a=v&pid=sites...). Es como si el monto que sube en el tiempo del arriendo de un bien raíz que tuviera una localización privilegiada, fuera captado por el corredor de propiedades que lo administra a cargo de una retribución normal y no por el propietario. La situación es exactamente la misma. Quien sea escéptico al respecto, le aconsejo leer la parte respectiva de cualquier manual de microeconomía.
Por otro lado, el argumento de la "competitividad internacional" en esta materia no tiene sentido. Es una competencia por quien se queda, las empresas o el Estado, con una proporción mayor o menor de una sobreutilidad que no determina necesariamente la decisión de inversión, que se basa en los costos de extracción comparados con un umbral mínimo de precios futuros y los impuestos respectivos, precios que serán altos para cualquier horizonte de inversión en la extracción de cobre en al me nos una década. Si empresas privadas deciden invertir en otra parte, siempre estará la empresa pública chilena para hacer esa inversión si es que su rentabilidad de base lo aconseja..
Por ello, cualquier acuerdo tributario inferior a la completa captación de esa renta -que no pertenece a los operadores privados- mediante regalías públicas con tasas crecientes ajustadas al precio, no es aceptable desde el punto de vista del interés nacional.

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