Ir al contenido principal

Entradas

Mostrando las entradas de septiembre, 2020

La discusión sobre las bases de una nueva república

En  La Mirada Semanal El debate sobre la nueva constitución es en realidad el debate sobre una nueva república, lo que la derecha se resiste a asumir, como ocurre con su nueva pretensión de que la Convención Constitucional apruebe todo al final por dos tercios, aumentando el derecho a veto que ya logró en materia de quórum de aprobación de cada norma de la nueva constitución. Su sector más duro sigue preparando, irresponsablemente, el fracaso de esa convención para mantener la constitución de 1980. Pero no debe olvidarse que fue la rebelión social de octubre-diciembre de 2019 la que dejó marcada la necesidad de dejar atrás la república transicional y una constitución cuya pretensión original fue la de consagrar la restauración oligárquica ocurrida en Chile después de 1973. Aunque fue reformada en 1989 para dar paso a la transición (su proceso -que, contrariamente a una cierta leyenda, fue totalmente público- está descrito en http://www.memoriachilena.gob.cl/archi.../pdfs/MC0042474.pdf

La carrera de obstáculos hacia una nueva constitución

En La Mirada Semanal Pablo Longueira decidió volver al ruedo político con tres afirmaciones (en su exposición al Consejo Ampliado de la UDI): si no hay condiciones el 25 de octubre “no se hace el plebiscito no más”; si se hace, “vamos a disputar artículo por artículo la constitución de Jaime a los bolivarianos”; y, finalmente, en el caso en que se elija la Convención Constituyente, “si no se acepta que en el reglamento inicial haya una votación de conjunto al final, entonces no hay reglamento y no hay propuesta” a los chilenos. Nos quedamos con la constitución de 1980. Este tipo de conducta de la derecha chilena es la que ha socavado las bases de la convivencia social en Chile. Luego de una confrontación política y social muy dura entre 1983 y 1989 (que muchos olvidan), la transición a la democracia - lenta, engorrosa, equívoca e incompleta- estabilizó la vida política y social sobre la base de un clima de libertades y de avances sociales y económicos. Pero la persistencia del veto oli

El Banco Central y la Constitución

En La Tercera   Es muy posible que a partir de abril próximo una convención elegida redacte una nueva Constitución. Esta incluirá definiciones de orden económico, las que debieran ser relativamente pocas. Corresponde a los órganos de gobierno democráticamente constituidos conducir la política económica y dar cuenta de ella ante el parlamento, la opinión pública y los actores sociales. Ninguna corriente política debiera pretender imponer en la Constitución algún modelo de política económica particular, pues eso le corresponde determinarlo periódicamente a los ciudadanos.   La Constitución debe limitarse a establecer la organización de los poderes públicos y enunciar los deberes y derechos fundamentales de las personas, derechos cuya estabilidad debiera garantizarse no mediante quórum supramayoritarios sino mediante la obligación de que dos legislaturas sucesivas aprueben futuras modificaciones. Los quórum supramayoritarios simplemente no son democráticos, porque otorgan un poder de veto

La economía y la transformación social: lecciones del pasado

En   La mirada Semanal Este septiembre se conmemoraron los 50 años del triunfo de la Unidad Popular. Impresiona que el tema siga teniendo una presencia destacada en el imaginario colectivo. Como dijo en estos días Manuel Antonio Garretón, es como si en 1970 se hubiera resaltado la victoria de Arturo Alessandri en 1920, lo que no ocurrió en absoluto, aunque se tratara del principio del quiebre parcial del dominio oligárquico en Chile.   El hecho es que vuelve de modo recurrente el debate sobre la viabilidad del proyecto transformador de Salvador Allende, que abordó en simultáneo un gran cantidad de reformas estructurales. En breve tiempo, Allende acometió nada menos que la nacionalización de la minería (mediante reforma constitucional), de la banca (a través de la compra de acciones), de los grandes grupos industriales (usando decretos de intervención para continuidad de abastecimientos) y, finalmente, la aceleración del fin de los latifundios utilizando la reforma constitucional y la l

El salario mínimo y la recesión

En La Mirada Semanal La intervención del Estado en las relaciones laborales es indispensable en economías descentralizadas, dado el carácter asimétrico de la relación entre empleadores y asalariados. Una vía de reducir esa asimetría es establecer la obligación de negociar colectivamente por los asalariados con sus empleadores la mayor parte de las condiciones de trabajo, incluyendo los salarios mínimos, a través de sindicatos representativos. Complementariamente, corresponde al Estado establecer por ley al menos salarios mínimos, negociaciones de reajustabilidad periódica, horarios de trabajo, vacaciones, permisos de maternidad y permisos por enfermedad, condiciones de higiene y seguridad y condiciones del despido, salvo que la negociación colectiva por sectores o territorios sea muy amplia y equilibrada. En materia de salario mínimo, este debe permitir sobrevivir a trabajadoras y trabajadores sin calificación en condiciones dignas. Desde el punto de vista de la racionalidad económica,