¿Habrá una regalía minera a la altura del desafío?

En El Mostrador

El presidente de la Sociedad Nacional de Minería (Sonami), Jorge Riesco, se pronunció raudamente frente a las nuevas indicaciones del Gobierno en el proyecto de ley en trámite en materia de regalía minera (la palabra en castellano "regalía" en vez de "royalty" está perfecta, dicho sea de paso).

Estas indicaciones mantienen el objetivo de recaudar por este concepto un 0,6% del PIB. No obstante, reducen a 1% la regalía por el valor de las ventas mineras, ahora sobre 50 mil toneladas, dándole más importancia al cobro sobre el margen operacional (la rentabilidad antes de impuestos) de la gran minería que ya existe desde 2003. En el caso en que el margen operacional sea negativo, no procedería el pago, mientras se propone modificar la escala de tasas, las que fluctuarían entre un 8% y un 26%. Esto tiene sentido analítico para tomar en cuenta las diferencias de costos de producción por unidad de metal puro por las variaciones de calidad del mineral en cada yacimiento, pero en la práctica es información interna de las empresas que es más difícil de fiscalizar. El volumen y el valor de la venta, en cambio, son más simples de dimensionar y cobrar, como lo es el IVA en comparación con el impuesto a la renta.

Riesco señaló, entonces, que "pese a que la iniciativa mostró ciertos avances, faltó atender a las objeciones del sector”. El uso del lenguaje sigue siendo bastante impresionante: estos empresarios parecen pensar que tienen una especie de derecho divino para que el Gobierno se someta a sus intereses, los que deben ser "atendidos", en vez de defender los del conjunto de la sociedad. En fin, nada nuevo bajo el sol, incluso frente a una clara concesión del Gobierno. Como siempre, la actitud del gran empresariado es no conceder nada de nada, como si el país en que se desenvuelve y sus problemas no existieran.

Recordemos, por lo demás, los ingentes recursos que gasta la gran industria minera en publicidad, financiando (y condicionando) de manera importante a los medios de comunicación, alabando su propia actividad como un gran aporte, como si no tuviera una rentabilidad extraordinaria basada en un recurso natural que obtienen a bajo precio. Como no existen compradores minoristas o de detalle por la naturaleza del producto a los que se dirija la publicidad, esta es bastante curiosa. En realidad, está destinada a convencer a la ciudadanía de que el Estado no cobre en su nombre lo que le pertenece para ser gastado en inversiones de interés general. La reciente indicación del Gobierno define, en este sentido, una estructura de distribución acorde con la reforma constitucional de 1991, que permite asignar ingresos públicos hacia la inversión regional, creando un fondo regional de innovación. Se asegura, así, que la regalía se destine a mejorar el desarrollo de los territorios.

Continúa Riesco: “Es innegable que a esta propuesta le falta si quiere quedar en un nivel comparable con otros países para atracción de inversiones en términos de carga tributaria total”. Según aseguró, la indicación “nos va a dejar desgraciadamente fuera de competencia por inversiones para nuestra industria minera, que necesitamos se siga desarrollando”.

Este reclamo no se atiene a los hechos. Desde luego, vale la pena reiterarlo, no se aplica a la pequeña y mediana minería. En el caso de la gran minería, la rentabilidad también está dada por la diferencia entre precio de venta y costos. Y como en Chile los costos en este segmento, con pocas excepciones, son "desgraciadamente" más bajos que en el resto del mundo por las características del mineral y del acceso a él y su transporte a puertos, junto a grandes economías de escala, corresponde una regalía más alta. El recurso natural, que pertenece a la nación, es en promedio de extracción más rentable que en otras partes y la inversión realizada se recupera antes y eso es lo que la regalía debe cubrir, sin afectar la competitividad. Lo que se afecta son las ganancias injustificadas, que no provienen de ningún esfuerzo empresarial sino de la escasez de un recurso no renovable.

El sentido conceptual de la regalía es el pago por el derecho de acceso a un recurso que tiene un determinado valor que debe ser retribuido a su dueño. Es como si las mineras se negaran a pagar el agua o la electricidad que utilizan a su valor, como lo hace cada hogar o faena productiva. Ese valor, dado que se trata de un recurso no renovable que no pertenece a las empresas mineras, proviene de la diferencia entre el precio de venta y los costos de extracción, elaboración y transporte en un período dado, más una utilidad normal, que es lo que se presta a mayores discusiones. En todo caso, una utilidad de largo plazo de más de 15% es evidentemente una anomalía injustificada.

El recurso mineral tiene, entonces, un valor determinado y no hay razón alguna para que no deba pagarse íntegramente a su dueño. Lo que no debe hacerse es regalar o entregar de manera subvalorada a un pequeño grupo de empresas transnacionales, y alguna nacional, un recurso que pertenece a la nación, de acuerdo al análisis económico y a la normativa constitucional vigente desde la nacionalización de 1971. El que aún no se cobre como corresponde es lo que explica que, con 2/3 de la producción, la minería privada solo haya pagado la mitad del impuesto minero (la otra mitad la aporta la minería estatal) en 2021. Eso es lo que los poderes colegisladores están llamados a corregir.

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