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Contraofensiva sobre el litio

 En El Clarín de Chile

En la legislación vigente y desde la nacionalización de 1971, el subsuelo pertenece a la colectividad nacional. Esto fue revertido en parte por la dictadura con concesiones mineras que se realizan sin plazos, lo que las hace prácticamente equivalentes a una privatización. Su origen es una de las más graves imposiciones económicas en la constitución de 1980, que no ha podido ser revertida desde 1990 por los bloqueos del sistema político, a pesar de ser manifiestamente contraria al interés nacional.

En efecto, la ley de concesiones mineras de 1982 ha permitido enormes utilidades ilegítimas a las compañías privadas del cobre, la mayoría de ellas transnacionales cuyos accionistas se benefician del acceso a bajo costo a un recurso que no les pertenece. A pesar de los esfuerzos por establecer una regalía minera, se ha regalado por décadas, o casi, la extracción del cobre, lo que ha impedido el uso de los excedentes de la renta minera para diversificar y desarrollar la economía chilena (ver Gabriel Palma, en https://www.ciperchile.cl/…/el-royalty-como-eje-de-una…/). Los esfuerzos políticos rindieron sus frutos para el cobre recién en 2005. En el gobierno de Ricardo Lagos se promulgó, después de una derrota por carecer de mayoría parlamentaria, la primera ley en la materia con un muy bajo gravamen de hasta 5% del margen operacional de las empresas mineras. Luego durante Piñera I se pasó a una tasa de 5 a 14% de ese margen para financiar la reconstrucción del terremoto de 2010. La nueva regalía aprobada en 2023, y que rige desde 2024, ha implicado otro paso y recaudará un 0,45% del PIB. Esta mantiene exenta a la pequeña minería (menos de 12.000 toneladas de producción), mientras para la mediana minería (menos de 50.000 toneladas) se establece una tasa progresiva de entre un 0,4% y un 4,4% según la producción anual. Sobre las 50.000 toneladas, la gran minería quedará sujeta por, primera vez, a un componente sobre ventas de un 1% y a una tasa progresiva de entre 8 y 26% del margen operacional. Pero se estableció, de nuevo por carecer de mayoría parlamentaria, una tasa impositiva máxima que beneficia a las grandes mineras, considerando todos las regalías y tributos, de 46,5 % del margen operacional.

No hay razones económicas para que, sin inhibir retornos razonables de la inversión, no haya una regalía progresiva según el precio y sin límites al total de tributos. La diferencia entre el costo de producción más una utilidad normal, que no debe ser superior al 15% en ningún caso, y el precio que se recibe, no pertenece a las empresas extractivas sino al dueño del recurso. Si el precio excede ese costo más una utilidad normal, constituye una sustancial «renta económica», que es el concepto económico aplicable desde David Ricardo. Debe beneficiar a quien posee el recurso, que es la nación chilena, y en estas condiciones la regalía debiera ser de un 20% del valor exportado, con desgravaciones a los yacimientos de mayores costos de extracción (Gino Sturla, https://radio.uchile.cl/2021/06/12/gino-sturla-por-royalty-minero-si-se-aplica-el-cobro-de-un-20-por-ciento-a-todas-las-ventas-no-afectaria-la-inversion/). Esto representa entre 2 y 3% del PIB según el precio promedio que se considere. En el futuro próximo, los ingresos no percibidos por Chile serán especialmente altos si se considera los precios del cobre más elevados que se prevé prevalezcan durante la próxima década en los mercados mundiales.

La extracción de litio quedó excluida de las concesiones mineras a privados durante la dictadura militar por razones estratégicas, como debiera haber ocurrido con todos los productos mineros. El litio hoy emerge como componente necesario de las baterías asociadas a la electromovilidad, junto al cobre como conductor de electricidad. En su caso, se puede establecer contratos con privados por parte del Estado para autorizar cuotas de extracción, pero siempre de duración determinada y con las condiciones que en cada caso se consideren necesarias, especialmente en materia de cobro de regalías por el acceso al recurso y su extracción, sin perjuicio de las normas ambientales y tributarias aplicables. El reciente acuerdo con SQM para después de 2030, a pesar de que podría haberse realizado una licitación -lo que no se hizo para privilegiar una expansión más rápida de la producción y de los excedentes para el Estado-, satisface esa condición al asegurar, en principio, que del orden de 85% del excedente quedará en manos del Estado.

Por ello es una “muy mala noticia para Chile”, como subraya el diputado Nelson Venegas, la aprobación el 13 de junio por la Comisión de Minería y Energía de la Cámara de Diputados y Diputadas -por iniciativa de la oposición-  de la idea de legislar una moción parlamentaria que establece la concesibilidad del litio. Esto cambiaría totalmente el marco normativo a favor de las compañías privadas. Para Venegas, legislador socialista y miembro de la citada comisión, esta decisión “es grave, y no sólo por su naturaleza económica, sino que por el sentido estratégico que constituye este material. Por eso esta aprobación es una muy mala noticia para Chile”. Por el momento, la moción ha sido declarada inadmisible en la Cámara y es de esperar que no prospere. En todo caso retrata, una vez más, los intereses que defiende la oposición y que no son los del país. Lo que se requiere es reafirmar la propiedad pública del litio y del conjunto de los recursos mineros, junto a consolidar la eventual asociación del Estado con privados a través de contratos, como es la práctica usual en las industrias extractivas en el mundo.

 

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