Una proposición

Proposición de Código de ética para los titulares de cargos públicos pertenecientes al Partido Socialista de Chile


1. Los titulares socialistas de cargos públicos serán ante todo leales a los intereses públicos definidos por las instituciones democráticas.
2. Los titulares socialistas de cargos públicos velarán por que los recursos públicos de que sean responsables se administren de la manera más eficaz y eficiente y desempeñarán sus obligaciones y funciones con integridad, conforme a las leyes y las normas administrativas.
3. Los titulares socialistas de cargos públicos serán diligentes, justos e imparciales en el desempeño de sus funciones y, en particular, en sus relaciones con el público. En ningún momento darán preferencia indebida ni discriminarán impropiamente a ningún grupo o individuo, ni abusarán de modo alguno del poder y la autoridad que les han sido conferidos.
4. Los titulares socialistas de cargos públicos no utilizarán su autoridad oficial para favorecer indebidamente intereses personales o económicos propios o de sus familias.
5. Los titulares socialistas de cargos públicos no utilizarán indebidamente en ningún momento dinero, bienes o servicios públicos o información adquirida en el cumplimiento o como resultado de sus funciones públicas para realizar actividades no relacionadas con sus tareas oficiales.
6. Los titulares socialistas de cargos públicos acatarán las disposiciones establecidas con arreglo a la ley o a las normas establecidas con miras a evitar que una vez que hayan dejado de desempeñar sus funciones públicas aprovechen indebidamente las ventajas de su antiguo cargo.
7. Ningún socialista podrá ejercer influencias ante las autoridades públicas en favor de intereses económicos privados y los titulares socialistas de cargos públicos deberán rechazarlas en todo momento y circunstancia.
8. Los titulares socialistas de cargos públicos deberán, en consonancia con su cargo, y conforme a lo permitido o exigido por la ley, cumplir los requisitos de declarar o revelar sus activos y pasivos personales, así como, de ser posible, los de sus cónyuges u otros familiares.
9. Los titulares socialistas de cargos públicos no solicitarán ni recibirán directa ni indirectamente ningún regalo u otros favores que puedan influir en el desempeño de sus funciones, en el cumplimiento de sus deberes o en su buen criterio.
10. Los asuntos de carácter confidencial con incidencia económica de que tengan conocimiento los titulares socialistas de cargos públicos se mantendrán en secreto a menos que la legislación o las necesidades de la justicia exijan lo contrario. Tales restricciones seguirán siendo válidas tras el abandono de la función pública.

El incumplimiento, calificado por el Tribunal Supremo, de cualquiera de estas normas estará sometido a lo establecido en el Artículo 7 letra d) del Estatuto.

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